Artículo
A123 Fr05 - Exenciones, condonaciones o cancelaciones de impuestos locales 2019
  • Fecha de creación: 12 Abril 2019
  • Vigencia: 31 Marzo 2019
  • Validación: 12 Abril 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas

De conformidad a la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, señala en su artículo 2 y 6, que “la actividad del organismo descentralizado constituye un servicio público de alta especialización de carácter civil”.

“Corresponde primordialmente al Organismo, el combate y extinción de incendios que se susciten en el Distrito Federal, así como la atención a emergencias cotidianas a que se refiere la presente Ley y coadyuvar con los demás organismos públicos o privados encargados de la Protección Civil y la Seguridad Pública de la Ciudad.”

Por lo anterior, derivado de sus atribuciones y facultades, este Organismo no genera información referente a esta obligación, ya que el Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal no recibe exenciones, condonaciones o cancelaciones de impuestos locales o regímenes especiales en materia tributaria local.

Exenciones, condonaciones o cancelaciones de impuestos locales
  • Descarga:
  • PDF
  • Fecha de creación: 12 Abril 2019
  • Actualización: 12 Abril 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.