Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
La información relativa a la Cuenta y Deuda públicas, en términos de la normatividad aplicable;
- Fecha de creación: 01 Julio 2024
- Vigencia: 30 Junio 2025
- Validación: 30 Junio 2025
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
No aplica.
Conforme a las Tablas de Aplicabilidad vigentes emitidas por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como al artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social carece de facultades para adquirir deuda pública.