Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XX

Un  listado  de  las  oficinas  del  Registro  Civil  en  la  Ciudad  de  México,  incluyendo  su  ubicación,  el  currículum  y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.

Inciso a

Oficinas del Registro Civil

Hipervinculo de la CJySL
  • Fecha de creación: 01 Julio 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 22 Noviembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social

No aplica.

En virtud de la normativa vigente en la Ciudad de México, la atribución y facultad de publicar y contar con un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites, está reservada a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. En este sentido, la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social no cuenta en sus archivos con ningún tipo de documento antes referido.

Ejercicio 2023



Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.