Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.
- Fecha de creación: 01 Enero 2024
- Vigencia: 30 Junio 2025
- Validación: 03 Julio 2025
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
No aplica.
En virtud de la normativa vigente en la Ciudad de México, la atribución y facultad de publicar y contar con un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites, está reservada a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. En este sentido, artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social carece de facultades relacionadas con las oficinas del Registro Civil y no cuenta en sus archivos con ningún tipo de documento antes referido.