Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Inciso b
El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier  concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por  impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos,  productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y  aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de  financiamientos, así como los ingresos recaudados.

2024.El listado de personas jubiladas y pensionadas y el monto que reciben
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Actualización: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención de Atención Animal de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.