Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVIII

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;

Inciso B

Donaciones en especie realizadas.

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México

Los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a los donativos que entreguen,  los cuales, en términos del Clasificador por Objeto de Gasto emitido por el Consejo Nacional  para la Armonización Contable (CONAC) son las “Asignaciones que los entes públicos  destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas  destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de  aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones  aplicables”,

2024. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Actualización: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.