Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;
- Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
- Vigencia: 30 Septiembre 2024
- Validación: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México
La Secretaría de Administración y Finanzas deberá publicar la relación de los tipos de impuestos12 que se cobran en la Ciudad de México, la relación de servicios por los cuales se ejerce un cobro, así como los diversos tipos de derechos y aprovechamientos. Por cada uno se deberá incluir la normatividad donde se establece tal cobro, así como la fecha de publicación en la GOCDMX. Se incluirá un hipervínculo al sistema electrónico que permita consultar y calcular mediante los tabuladores vigentes el cobro de dichos impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos. Finalmente, la Secretaría de Administración y Finanzas deberá incluir un informe trimestral y anual del total de las cantidades recibidas por esos conceptos.
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
- Actualización: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Agencia de Atención Animal de la Ciudad de México