Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
Ejercicio 2016,2017,2018 y 2019 A-123-F-XIX
- Fecha de creación: 15 Enero 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2019
- Validación: 31 Diciembre 2019
- Autoridad que la crea o remite: AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
"NO APLICA: Esta Secretaría de Salud de la Ciudad de México, no realiza Obra Pública, toda vez que con fundamento en el artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Administración Pública de la Ciudad de México es a la Secretaría de Obras y Servicios que le corresponde el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras públicas, obras concesionadas y servicios urbanos; los proyectos y construcción de obras públicas, así como los proyectos y construcción de las obras del Sistema de Transporte Colectivo" |
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.