Artículo 143

Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

Fracción I

Tipo de Obra

Obra por invitación restringida
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Vigencia: 30 Septiembre 2021
  • Validación: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico

Artículo 143. Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

I. Tipo de Obra;

II. El lugar;

III. El plazo de ejecución;

IV. El monto (el original y el final);

V. Número de beneficiados;

VI. La identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra;

VII. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y

VIII. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.


NOTA INFORMATIVA

 

De conformidad con el ACUERDO 0147/SO/24-03/2021, emitido por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en Sesión Ordinaria del día 24 de marzo de 2021, mediante el cual se aprobó la modificación a los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia local; así como lo notificado por el Órgano Garante relativo al proyecto de las Tablas de Aplicabilidad de las obligaciones de transparencia que deben publicar en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, la Autoridad del Centro Histórico; para este Sujeto Obligado NO APLICA el artículo 143,con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 18, Apartado B, Numeral 2, párrafo segundo, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 330 a 335, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; el Acuerdo por el que se crea el Órgano de Apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico, publicado en la Gaceta Oficial de esta Ciudad el 22 de enero de 2007 y reformado por última vez  el 2 de enero de 2019; el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2021; y el Manual Administrativo de la Autoridad del Centro Histórico, con número de registro MA-07/160120-OAP-SEGOB-ACH-13/010119, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad el 05 de febrero de 2020.

La Autoridad del Centro Histórico no cuenta con atribuciones, competencias, facultades ni presupuesto para para ejecutar obra pública a través de licitación pública, invitación restringida a cuando menos tres personas, adjudicación directa, o por cualquier otra modalidad de contratación.



Obra por invitación restringida 2020
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2020
  • Actualización: 31 Diciembre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Obra por invitación restringida 2021
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Actualización: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.