Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
- Fecha de creación: 29 Junio 2017
- Vigencia: 13 Julio 2017
- Validación: 31 Diciembre 1969
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Infraestructura y Desarrollo de la Comunidad
Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.
- Descarga:
- XLS
- Fecha de creación: 29 Junio 2017
- Actualización: 13 Julio 2017
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Infraestructura y Desarrollo de la Comunidad