Artículo
Artículo 147
  • Fecha de creación: 12 Abril 2024
  • Vigencia: 12 Abril 2024
  • Validación: 12 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

NO APLICA

Fundamento jurídico y motivación


De conformidad con los artículos 3 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, 1 del Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, 1 del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, este sujeto obligado (CAPREPOL), está imposibilitado materialmente y jurídicamente para reportar información, relacionada con el artículo a rubro citado.

Lo anterior, dado que, la CAPREPOL no otorga recursos públicos a personas morales, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga.

No Aplica
  • Descarga:
  • DOC
  • Fecha de creación: 12 Abril 2024
  • Actualización: 31 Marzo 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.