Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLIX

El catálogo de disposición y guía de archivo documental;

Inciso B

Índice de expedientes clasificados como reservados.

49b LTAIPRC_Art_121_Fr_XLIX_B
  • Fecha de creación: 01 Abril 2024
  • Vigencia: 30 Junio 2024
  • Validación: 10 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: SUBDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA

49b LTAIPRC_Art_121_Fr_XLIX_B

49b LTAIPRC_Art_121_Fr_XLIX_B
  • Fecha de creación: 01 Abril 2024
  • Actualización: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: SUBDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.