Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción L

La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas, ordinarias y extraordinarias de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comités, comisiones y sesiones de trabajo que convoquen los sujetos obligados en el ámbito de su competencia, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso los consejos consultivos. Se deberán difundir las minutas o las actas de las reuniones y sesiones, así como la lista delos integrantes de cada uno de los órganos colegiados;

Inciso b

Opiniones,recomendaciones o acuerdos del Consejo Consultivo

A121Fr50B_Opiniones-y-recomendaciones-del-Consejo
  • Fecha de creación: 01 Abril 2023
  • Vigencia: 30 Junio 2023
  • Validación: 17 Julio 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Consejería Jurídica y de Servicios Legales

La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comités, comisiones y sesiones de trabajo que convoquen los Entes Obligados, en el ámbito de su competencia. Se deberán difundir las minutas o las actas de las reuniones y las sesiones en los términos del artículo 37 de esta Ley

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  • Fecha de creación: 01 Abril 2023
  • Actualización: 30 Junio 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección General de Administración de Finanzas
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.