Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción VI

El  listado  de  patentes  de  corredores  y  notarios  públicos  otorgadas,  en  términos  de  la  Ley  respectiva;  así  como  sus datos  de  contacto,  la  información  relacionada  con  el  proceso  de  otorgamientode  la  patente  y  las  sanciones  que  se  les hubieran aplicado.

Inciso b

Sanciones aplicadas

2024 3er Trimestre
  • Fecha de creación: 14 Octubre 2024
  • Vigencia: 14 Octubre 2024
  • Validación: 14 Octubre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: COMISA COORDINACIÓN JURÍDICA Y NORMATIVA

Artículo 123. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

 VI. El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;

CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V., ES UNA ENTIDAD PARAESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CUYAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES SE ENCUENTRAN CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 73 Y 74 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO EN EL NUMERAL 10.1 DE LA CIRCULAR UNO 2024, NORMATIVIDAD EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS; ASIMISMO, SU OBJETO SOCIAL CONSTA EN EL ACTA CONSTITUTIVA CONTENIDA EN LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 14,081 DE FECHA 08/08/1978 Y EN SU RELATIVA MODIFICACIÓN CONTENIDA EN EL INSTRUMENTO NOTARIAL NÚMERO 15,715 DE FECHA 25/03/2015, SIENDO EL PRINCIPAL OBJETO PROPORCIONAR SERVICIOS DE IMPRESIÓN, HOLOGRAFÍA, TROQUELADO, DIGITALIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN A LAS INSTANCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y FEDERALES, ASÍ COMO A AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE LO SOLICITEN; POR LO QUE ESTA ENTIDAD NO OTORGA PATENTES DE CORREDORES Y NOTARIOS PÚBLICOS.

POR LO ANTERIOR Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN ARTÍCULO 43, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ESTA OBLIGACIÓN ES ATRIBUCIÓN DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.