Artículo 135

Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los Fideicomisos, Fondos Públicos,mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, además de mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:

Fracción VI

El padrón de beneficiarios, en su caso;

BENEFICIARIOS
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Vigencia: 05 Enero 2024
  • Validación: 05 Enero 2024
  • Autoridad que la crea o remite: GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS

El padrón de beneficiarios, en su caso;

No aplica. El FIDERE por su objeto tiene un fideicomisario indeterminado, debido a que los beneficiarios lo constituyen todos aquellos sujetos que tienen el carácter de acreditados en las distintas carteras que administra y cobra la Entidad, lo constituye el Contrato de Fideicomiso de fecha 19 de octubre 1972, así como sus Convenios Modificatorios de fechas 01 de junio de 1987, 30 de junio de 1994, 14 de septiembre de 2001 y 07 de mayo de 2015, así como los diversos actos jurídicos que tiene con las distintas dependencias, entidades o fideicomisos para lograr su fin.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.