Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción LIII

La  ubicación  de  todas  las  obras  públicas,  señalando:  sector  al  que  pertenece,  ubicación,  monto  asignado  y ejercicio; y

Obras Públicas
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 15 Octubre 2024
  • Validación: 15 Octubre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: -

La ubicación de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercicio.

No aplica. 

El FIDERE es una entidad cuyo objeto principal es, entre otros, recuperar el producto de los créditos otorgados por la Ciudad de México y sus Entidades, así como Instituciones públicas y privadas, conforme a las condiciones definidas en los contratos o convenios suscritos con los beneficiarios, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 100 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; por lo que no está dentro de sus facultades detentar o generar información sobre obras públicas.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.