Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción I

El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos,reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, reglas de operación, criterios,políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia, entre otros;

Inciso b

Hipervínculo a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 09 Julio 2024
  • Validación: 09 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS

Hipervínculo a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Periodo de actualización: trimestral. Únicamente cuando se expida alguna reforma, adición, derogación, abrogación o se realice cualquier tipo de modificación al marco normativo aplicable al sujeto obligado, la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente.

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
  • Fecha de creación: 09 Julio 2024
  • Actualización: 09 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Gerencia de Asuntos Jurídicos
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.