Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro decomunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;
- Fecha de creación: 01 Enero 2024
- Vigencia: 18 Octubre 2024
- Validación: 18 Octubre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
NO APLICA: El FIDERE es una entidad cuyo objeto principal es, entre otros, recuperar el producto de los créditos otorgados por la Ciudad de México y sus Entidades, así como Instituciones públicas y privadas, conforme a las condiciones definidas en los contratos o convenios suscritos con los beneficiarios, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 100 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como en el Manual Administrativo del Fideicomiso de Recuperación Crediticia de la Ciudad de México (FIDERE), no cuenta con atribuciones para realizar solicitudes de intervención de comunicaciones privadas.