Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
- Fecha de creación: 10 Abril 2024
- Vigencia: 31 Diciembre 2024
- Validación: 10 Abril 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia FAPJUS
Fracción XLIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados.
a) Resoluciones de Ampliación de Plazo, Acceso Restringido Reservada, Acceso Restringido Confidencial, Inexistencia de Información, Incompetencia, Ampliación de Plazo Reserva del FAPJUS
"NO APLICA"
En términos del Artículo 23 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, los fideicomisos y fondos públicos que no cuentan con estructura orgánica cumplen con sus obligaciones de transparencia a través de la unidad administrativa responsable de coordinar o ejecutar su operación. En este sentido, el Fideicomiso Público del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia del Distrito Federal no cuenta con un Comité de Transparencia, ya que su estructura no prevé la conformación de órganos colegiados de este tipo. Por lo tanto, la obligación establecida en el Artículo 121, fracción XLIII, relativa a la publicación de las actas y resoluciones del Comité de Transparencia, no resulta aplicable a este fideicomiso.