Los sujetos obligados contarán en la página de inicio de sus portales de Internet con una señalizaciónfácilmente identificable y accesible
- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2020
- Validación: 01 Octubre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia del FAAVID
Artículo 145. Los sujetos obligados contarán en la página de inicio de sus portales de Internet con una señalizaciónfácilmente identificable y accesible que cumpla con los requerimientos de sistematización, comprensión y organización dela información a que se refiere este capítulo.El Instituto establecerá criterios que permitan homologar la presentación de la información en los portales de Internet en losque se establecerá plazos, términos, así como los formatos que habrán de utilizarse para la publicidad de la información;asimismo; promoverá la creación de medios electrónicos para incorporar, localizar y facilitar el acceso a la informaciónpública de oficio.
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.