Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción II

La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que sedeberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en losque se deberá contener lo siguiente:

Inciso b

Padrón de beneficiarios

Padrón de Beneficiarios del FAAVID
  • Fecha de creación: 01 Octubre 2020
  • Vigencia: 31 Diciembre 2020
  • Validación: 01 Octubre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Técnica del Consejo

Fracción II. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

b) Padrón de Beneficiarios del FAAVID

“No Aplica” El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID), tiene como objetivo proporcionar apoyos económicos a víctimas de delitos suscitados dentro de la Ciudad de México, siendo requisito indispensable el de contar con la calidad de víctima, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Atención y Apoyo a Víctimas del Delito para el Distrito Federal, el FAAVID tiene la finalidad de garantizar a la víctima u ofendido de un delito el apoyo económico que le otorga el Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito. El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID), únicamente otorga apoyos económicos a víctimas del delito, el FAAVID no implementa ningún tipo de programas, ni es un programa social.

Por otra parte, no se publican los nombres de los beneficiarios del apoyo económico otorgado por el Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito, de conformidad con el artículo 186 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que señala: Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable.

La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y las personas servidoras públicas facultadas para ello.

Padrón de Beneficiarios del FAAVID
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  • Fecha de creación: 01 Octubre 2020
  • Actualización: 01 Octubre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Técnica del Consejo
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.