Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción III

El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

Resultado de la Evaluación del Ejercicio y Operación de los Programas
  • Fecha de creación: 01 Octubre 2020
  • Vigencia: 31 Diciembre 2020
  • Validación: 01 Octubre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Asistente Financiero del FAAVID

Fracción III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

“No Aplica” El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID), tiene como objetivo proporcionar apoyos económicos a víctimas de delitos suscitados dentro de la Ciudad de México, siendo requisito indispensable el de contar con la calidad de víctima, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Atención y Apoyo a Víctimas del Delito para el Distrito Federal, el FAAVID tiene la finalidad de garantizar a la víctima u ofendido de un delito el apoyo económico que le otorga el Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito. El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID), únicamente otorga apoyos económico.

Resultado de la Evaluación del Ejercicio y Operación de los Programas
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  • XLS
  • Fecha de creación: 01 Octubre 2020
  • Actualización: 01 Octubre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Asistente Financiero del FAAVID
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.