Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XVI

Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, certificaciones de uso de suelo, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer  el  estado,  situación  jurídica  y  modificaciones  de  cualquier  índole  de  cada  predio,  para  la  ejecución  de  obras  de construcción,  ampliación  o  demolición  de  edificaciones  o  instalaciones  o  realizar  obras  de  construcción,  reparación,  y mejoramiento de instalaciones subterráneas;

Art.123Fr.16
  • Fecha de creación: 30 Junio 2021
  • Vigencia: 31 Julio 2021
  • Validación: 31 Julio 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

La competencia de la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos es garantizar el cumplimiento de los fines del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.