Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción II

El Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

Inciso a

Plan Nacional de Desarrollo

A123Fr02A_Hipervínculo-al-Plan-Nacional-de-Desarro-2-trim-2022
  • Fecha de creación: 30 Junio 2022
  • Vigencia: 30 Junio 2022
  • Validación: 27 Julio 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Los sujetos obligados que no generan la información sobre el Plan Nacional de Desarrollo, según sea el caso, deberán incluir una nota aclaratoria e informativa y un hipervínculo que refiera al sujeto obligado que corresponda

A123Fr02A_Hipervínculo-al-Plan-Nacional-de-Desarro-2-trim-2022
  • Fecha de creación: 30 Junio 2022
  • Actualización: 27 Julio 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.