Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVIII

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;

Inciso a
48 LTAIPRC_Art_121_Fr_XLVIII-1-trim-2024
  • Fecha de creación: 31 Marzo 2024
  • Vigencia: 31 Marzo 2024
  • Validación: 30 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Se deberá publicar la información relativa a las “Asignaciones que los entes públicos destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones aplicables”

48 LTAIPRC_Art_121_Fr_XLVIII-1-trim-2024
  • Fecha de creación: 31 Marzo 2024
  • Actualización: 30 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.