Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVII

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

Inciso a

Ingresos recibidos 

A121Fr47A_Ingresos-recibidos-2-trim-2024
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Vigencia: 30 Junio 2024
  • Validación: 19 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos

A121Fr47A_Ingresos-recibidos-2-trim-2024
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Actualización: 19 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.