Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XIV

El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;

El domicilio de la Unidad de Transparencia del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;
  • Fecha de creación: 24 Octubre 2016
  • Vigencia: 31 Diciembre 2016
  • Validación: 31 Diciembre 1969
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia del Inmujeres D.F.

El domicilio de la Unidad de Transparencia del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;

Art 121 fracc XIV El domicilio de la Unidad de Transparencia InmujeresDF
  • Descarga:
  • XLS
  • Fecha de creación: 24 Octubre 2016
  • Actualización: 24 Octubre 2016
  • Autoridad que la crea o remite: InmujeresDF
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.