Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XIX

La  georreferenciación  e  imagen  de  todas  las  obras  públicas,  señalando:  sector  al  que  pertenece,  ubicación,  monto asignado y ejercido;

Georreferenciación obras
  • Fecha de creación: 31 Marzo 2021
  • Vigencia: 31 Marzo 2024
  • Validación: 31 Marzo 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido; 

No Aplica “De acuerdo al Dictamen de la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia del Instituto Local de la Infraestructura Física de la Ciudad de México, emitido por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.”

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.