Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.
- Fecha de creación: 08 Octubre 2024
- Vigencia: 31 Diciembre 2024
- Validación: 08 Octubre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
No aplica. Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
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- Fecha de creación: 08 Octubre 2024
- Actualización: 08 Octubre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia