Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.;
- Fecha de creación: 01 Enero 2018
- Vigencia: 31 Enero 2018
- Validación: 31 Diciembre 1969
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes del Instituto para la Seguridad de las Construcciones del D.F.
Artículo 121. Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Fracción:
LII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.;
Inciso a: Información de Interés Público.
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- Fecha de creación: 01 Enero 2018
- Actualización: 31 Enero 2018
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes del Instituto para la Seguridad de las Construcciones del D.F.