Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
Articulo 121 Fracción XXXVI f) T04-2020
- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2020
- Validación: 15 Enero 2021
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Administración y Finanzas
Articulo 121 Fracción XXXVI f) Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles
Articulo 121 Fracción XXXVI f) Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Actualización: 31 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Administración y Finanzas
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.