Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, fotografía, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
- Fecha de creación: 01 Abril 2023
- Vigencia: 30 Junio 2023
- Validación: 27 Julio 2023
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Administración y Finanzas
Artículo 121 Fracción VIII Directorio T02-2023
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Abril 2023
- Actualización: 30 Junio 2023
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Administración y Finanzas