Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;
Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV
- Fecha de creación: 07 Julio 2026
- Vigencia: 30 Junio 2026
- Validación: 10 Julio 2026
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública


XIV. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información

- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 1er
- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 2do
- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 3er
- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 4to
- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 1er Trim 2026
- Formato 14_LTAIPRC_Art_121_Fr_XIV 2do Trim 2026
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.