Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.;
- Fecha de creación: 07 Enero 2026
- Vigencia: 31 Diciembre 2025
- Validación: 10 Enero 2026
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública



LII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público
- Formato 52b_LTAIPRC_Art_121_Fr_LII 2do
- Formato 52b_LTAIPRC_Art_121_Fr_LII 3er
- Formato 52b_LTAIPRC_Art_121_Fr_LII