Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
- Fecha de creación: 01 Enero 2024
- Vigencia: 30 Septiembre 2024
- Validación: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Jefatura de Unidad Departamental de Asuntos Jurídicos y de la Unidad de Transparencia
No Aplica. De conformidad con los artículos 212 y 322 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Planta Productora de Mezclas Asfálticas no cuenta con atribuciones relativas a la georreferenciación e imagen de todas las obras públicas.