Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;
- Fecha de creación: 01 Enero 2021
- Vigencia: 30 Septiembre 2024
- Validación: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Procuraduría Social de la Ciudad de México
Articulo 123 Fracción VIII.- Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;
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- Fecha de creación: 01 Enero 2021
- Actualización: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Procuraduria Social