Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XIX

Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos; 

SUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO.- Artículo 121 Fracc. XIX
  • Fecha de creación: 08 Febrero 2017
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: PROCURADURIA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ARTICULO 121 FRACCION XIX.-Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;

SUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO.- Artículo 121 Fracc. XIX
  • Fecha de creación: 08 Febrero 2017
  • Actualización: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: PROCURADURIA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.