Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Los sujetos obligados que otorguen incentivos, condonaciones o reducciones fiscales; concesiones, permisos o licencias por virtud de las cuales se usen, gocen, disfruten o exploten bienes públicos, se ejerzan actos o se desarrolle cualquier actividad de interés público o se opere en auxilio y colaboración de la autoridad, se perciban ingresos de ellas, se reciban o permitan el ejercicio de gasto público, deberán señalar las personas beneficiadas, la temporalidad, los montos y todo aquello relacionado con el acto administrativo, así como lo que para tal efecto le determine el Instituto.
Los sujetos obligados deberán informar al Instituto, cuáles son los rubros del presente artículo que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que el Instituto verifique y apruebe de forma fundada y motivada la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
- Fecha de creación: 31 Marzo 2018
- Vigencia: 31 Marzo 2018
- Validación: 31 Marzo 2018
- Autoridad que la crea o remite: Dirección General de Administración
“No Aplica. Según lo dispone el artículo 205 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, el Órgano Desconcentrado Proyecto Metro del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) tiene como objeto la construcción, equipamiento y ampliación de la red del Sistema de Transporte Colectivo. Sin embargo, atendiendo a lo previsto en el artículo Tercero Transitorio del Decreto por el cual se derogan diversas disposiciones del Reglamento en comento, actualmente el Proyecto Metro se encarga de realizar las actividades tendientes a concluir con los compromisos y obligaciones derivados de las obras que haya realizado hasta el día de la publicación del mencionado instrumento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de agosto de 2013. El 31 de enero de 2018 en cumplimiento al artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso de conclusión de los compromisos adquiridos por el Órgano Desconcentrado Proyecto Metro, para efectos de la entrada en vigor de la derogación de los artículos 205, 206, y 207 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en términos del Decreto Publicado en la citada Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal de fecha 12 de agosto de 2013, el cual tendrá efectos a partir del día 1° de abril de 2018.”