Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
- Fecha de creación: 01 Enero 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2020
- Validación: 14 Enero 2021
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Recursos Materiales y abastecimiento
Se deberá publicar un catálogo o relación en formato de tabla de todos los bienes, tanto muebles como inmuebles, que el Sujeto Obligado utiliza, tiene a su cargo y/o le han sido asignados para el desarrollo de sus funciones o por cualquier concepto.
Periodo de actualización: semestral
En su caso, 30 días hábiles después de adquirir o dar de baja algún bien
- Descarga:
- XLS
- Fecha de creación: 31 Diciembre 2019
- Actualización: 30 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de recursos materiales, abastecimiento y servicios