Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción I

El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos,reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, reglas de operación, criterios,políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia, entre otros;

Inciso b

Hipervínculo a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

Gaceta Oficial CDMX 2020
  • Fecha de creación: 01 Enero 2020
  • Vigencia: 30 Diciembre 2020
  • Validación: 15 Enero 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Asuntos Jurídicos

Se deberá incluir un vínculo que dirija al Portal donde se publica la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.


Periodo de actualización: trimestral

Únicamente cuando se expida alguna reforma, adición, derogación, abrogación o se realice cualquier tipo de modificación al marco normativo aplicable al sujeto obligado, la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF), Periódico o Gaceta Oficial de la Ciudad de México, o acuerdo de aprobación en el caso de normas publicadas por medios distintos, como el sitio de Internet.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente.

Aplica a: todos los sujetos obligados.

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  • Fecha de creación: 01 Enero 2020
  • Actualización: 30 Septiembre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Asuntos Jurídicos
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.