Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
- Fecha de creación: 03 Enero 2020
- Vigencia: 30 Diciembre 2020
- Validación: 15 Enero 2021
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
NO APLICA
En caso de que el Sujeto Obligado no genere información referente a esta fracción, o en un periodo determinado, deberá señalarlo claramente mediante una leyenda actualizada al periodo correspondiente.
Atendiendo lo establecido en el Artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México y el Decreto de Creación de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, este Sujeto Obligado no cuenta con atribuciones ni facultades en la materia; por lo que la obligación de publicar y actualizar la información es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
- Descarga:
- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Actualización: 30 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Desarrollo urbano y Vivienda
- Consulta esta Información en la Plataforma Nacional de Transparencia
- Enlace al Portal de Obligaciones de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda