Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
- Fecha de creación: 03 Enero 2022
- Vigencia: 30 Diciembre 2022
- Validación: 27 Enero 2023
- Autoridad que la crea o remite: COORDINACIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS
Respecto de los bienes muebles se registrará tanto el mobiliario y equipo –incluido el de cómputo– como los vehículos y demás bienes muebles al servicio de los sujetos obligados, de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Periodo de actualización: semestral
En su caso, 30 días hábiles después de adquirir o dar de baja algún bien
Conservar en el sitio de Internet: información vigente respecto al inventario de bienes muebles e inmuebles. En cuanto al inventario
de altas y bajas, así como los bienes muebles e inmuebles donados, se conservará la información vigente y la correspondiente al
semestre anterior concluido.
Aplica a: todos los sujetos obligados
- Descarga:
- XLS
- Fecha de creación: 03 Enero 2022
- Actualización: 30 Junio 2022
- Autoridad que la crea o remite: COORDINACIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS
- Descarga:
- XLS
- Fecha de creación: 13 Enero 2023
- Actualización: 20 Enero 2023
- Autoridad que la crea o remite: COORDINACIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS