Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
Ejerccio 2016 Artículo 121 Fracción XXXVI
- Fecha de creación: 27 Diciembre 2018
- Vigencia: 30 Diciembre 2016
- Validación: 30 Diciembre 2016
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración (RM)
Ejercicio 2016 Articulo 121 fracción XXXVI
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- XLSX
- Fecha de creación: 27 Diciembre 2018
- Actualización: 30 Diciembre 2016
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Adm. (RM)
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.