Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
Ejercicio 2016,2017,2018, 2019, 2020 y 2021 A-123-F-XIX
- Fecha de creación: 30 Abril 2019
- Vigencia: 31 Diciembre 2019
- Validación: 31 Diciembre 2019
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- XIX. No aplica. De acuerdo con lo señalado en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
http://data.seduvi.cdmx.gob.mx/portal/index.php/transparencia/
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.