Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XIV

El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;

Ejercicio 2022 Artículo 121 Fracción XIV
  • Fecha de creación: 01 Abril 2021
  • Vigencia: 01 Abril 2022
  • Validación: 01 Abril 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

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Artículo 121 Fracción XIV. Domicilio Unidad Transparencia. Ejercicio 2022
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Actualización: 01 Enero 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.