Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Inciso A

Hipervínculo al listado de pensionados y jubilados.

Ejercicio 2024. No aplica conforme a la Reforma de los Lineamientos Técnicos para Publicar, Homologar y Estandarizar la Información de las Obligaciones de Transparencia publicado 21/03/2024
  • Fecha de creación: 31 Marzo 2024
  • Vigencia: 31 Diciembre 2024
  • Validación: 31 Marzo 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección de Administración de Capital Humano

Hipervínculo al listado de pensionados y jubilados 

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.