Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción IV

El  listado  de  expropiaciones  decretadas  y  ejecutadas  que  incluya,  cuandomenos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y lasocupaciones superficiales;

No aplica
  • Fecha de creación: 01 Enero 2018
  • Vigencia: 31 Diciembre 2018
  • Validación: 10 Enero 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

No aplica. Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 35, fracción XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, que a la letra dice: “Tramitar e integrar debidamente los expedientes de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio, para los efectos que establece el artículo 20 Bis de la Ley de Expropiación; así como conocer y resolver el recurso administrativo de revocación respectivo”  


https://www.consejeria.cdmx.gob.mx/

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.