- Fecha de creación: 17 Julio 2024
- Vigencia: 31 Julio 2023
- Validación: 31 Julio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda - Unidad de Transparencia
Artículo 172. Cada Área del sujeto obligado elaborará un índice de la información que previamente haya sido clasificada como reservada, por Área responsable de la información y tema. El índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en formatos abiertos al día siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el Área que generó la información, las características de la información, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes que se reservan y si se encuentra en prórroga. En ningún caso el índice será considerado como información reservada.
Dicho índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en formatos abiertos al día siguiente de su elaboración, mismo que se adjunta en formato Excel en la presente entrada.
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- Fecha de creación: 17 Julio 2024
- Actualización: 31 Julio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia