Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XV

Sistema  electrónico  con  el  uso  de  un  tabulador  que  permita  consultar  el  cobro  de  impuestos,  servicios,  derechos  y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos; 

Inciso b

Informe trimestral y anual de lo recaudado por:

b) Informe trimestral y anual de lo recaudado por:
  • Fecha de creación: 01 Abril 2024
  • Vigencia: 31 Diciembre 2024
  • Validación: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección General de Administración y Finanzas

No aplica 

De conformidad al artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la SECTEI carece de las facultades para el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.