Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XX

Un  listado  de  las  oficinas  del  Registro  Civil  en  la  Ciudad  de  México,  incluyendo  su  ubicación,  el  currículum  y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.

Inciso b

Estadísticas de trámites de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales

b) Estadísticas de trámites de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
  • Fecha de creación: 01 Abril 2024
  • Vigencia: 31 Diciembre 2024
  • Validación: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva Jurídico Normativa

No aplica 

De conformidad al artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la SECTEI carece de las facultades relativas a las oficinas de Registro Civil.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.