Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 07 Mayo 2024
- Vigencia: 31 Diciembre 2024
- Validación: 07 Mayo 2024
- Autoridad que la crea o remite: Jefatura de Unidad Departamental de Transparencia y Datos Personales
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
NO APLICA: Con fundamento en el artículo 43 fracción XXVI que a la letra establece: “Someter a la consideración de la persona titular de la Jefatura de Gobierno el otorgamiento de patentes de notario y aspirante, así como establecer los lineamientos y criterios técnico-jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia notarial y recibir, tramitar, substanciar y resolver las quejas en contra de notarios” es facultad de la Consejería Jurídica proporcionar información sobre Corredores y Notarios Públicos.:
Se pone a disposición el hipervínculo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales donde se puede localizar la información solicitada en la presente fracción: